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1.- Aprobar la propuesta de la Fundación Reunión
de Administradores en la que se identifican los factores estructurales
que más influyen en los elevados importes de las expensas
comunes de los Consorcios de Propietarios, solicitando su amplia
difusión y presentación ante los poderes ejecutivo,
legislativo, y judicial de todo el país. Propuesta de FRA:
"Factores que más inciden negativamente en el elevado
costo de las expensas comunes
1.1 COSTO LABORAL Personal de limpieza sujeto a la obsoleta
regulación de la ley 12.981 del año 1947. Dificultades
para la libre contratación de empresas de limpieza en reemplazo
del personal en relación de dependencia con los Consorcios
de Propietarios.
1.2 PRESION FISCAL Elevado porcentaje de cargas sociales
sobre las remuneraciones del personal de portería y desmedida
incidencia de los impuestos nacionales, provinciales y municipales
sobre las compras y contrataciones de servicios para asegurar el
normal funcionamiento, mantenimiento y conservación de los
inmuebles. Señalar que de cada $ 100 que el consorcista abona
de expensas comunes, como mínimo $ 35 corresponden a Impuestos.
1.3 INSEGURIDAD Genera la necesidad de contratación
de personal de vigilancia privada, a lo cual se suman los mayores
gastos por la compra y el mantenimiento de sistemas de seguridad
e instalación de alarmas comunes y particulares.
1.4 SERVICIOS PUBLICOS Tarifas sumamente elevadas con incesantes
incrementos periódicos. Facturación unificada por
el suministro de agua.
1.5 JUSTICIA Generalizada lentitud y burocratización
en la administración de justicia que retarda el cobro de
las deudas por expensas comunes y la resolución de los conflictos
consorciales.
1.6 MANTENIMIENTO Y CONSERVACION No aplicación de
programas de mantenimiento preventivo y falta de cuidado de los
consorcistas en la debida conservación del inmueble.
1.7 LEGISLACION Superposición de obligaciones legales
a cargo de los Consorcios de Propietarios, originadas en una dispersa,
confusa y contradictoria cantidad de leyes, decretos, ordenanzas
y resoluciones.
1.8 CORRUPCION Sobre facturación en trabajos contratados
directamente por algunos consorcistas, consejos de propietarios
y administradores desleales con sus clientes.
1.9 IMPROVISACION Contratación por parte de muchos
Consorcios de Propietarios, de administradores carentes de la necesaria
formación técnica especifica, sin capacitación
previa y periódica actualización de sus conocimientos.
Falta de regulación y matriculación de la actividad
del Administrador de Propiedad Horizontal.
1.10 COMPRAS Anárquico y disperso sistema de compras
y contrataciones de servicios para el funcionamiento, mantenimiento
y conservación de los Consorcios de Propietarios".
2.- Solicitar a las autoridades correspondientes que: a) se suprima
el privilegio de las empresas de servicios públicos de hacer
justicia por mano propia al poder disponer unilateralmente el corte
del servicio por falta de pago de los usuarios, debiendo recurrir
a los procedimientos de cobranza judicial y extrajudicial al que
deben ajustarse todos los ciudadanos y empresas comunes, b) toda
reclamo por deuda debe ser remitido en sobre cerrado y sin leyendas
exteriores que puedan ser agraviantes para el destinatario, al hacer
pública una deuda que en muchas circunstancia son inexistentes.
3.- Sugerir a los señores magistrados del Poder Judicial
enviar las cédulas, notificaciones o intimaciones en sobre
cerrado y con entrega en mano al destinatario. Actualmente dichas
comunicaciones son remitidas abiertas y arrojadas por lo general
en sectores comunes de los edificios, quedando su contenido al alcance
del conocimiento de personas ajenas al proceso judicial en trámite,
afectando con ese incorrecto procedimiento, la reputación,
estima de sus vecinos y hasta el buen nombre y honor de ciudadanos
que defienden derechos que consideran legítimos o que injustamente
han sido registrados en forma equivocada como deudores por parte
del fisco, otros entes del estado, y por empresas de servicios.
4.- Que se limite la posibilidad del envió masivo de publicidad
acompañando las facturas de servicios públicos, por
representar un justificante de los mayores costos de los servicios
que paga el usuario, sin que represente ningún beneficio
para la sociedad, atento que dicha folletería de inmediato
es arrojada junto a los demás residuos domiciliarios.
5.- Solicitar a las autoridades del FONAVI instruir a la Comisión
Municipal de la Vivienda y a los Institutos Provinciales de Vivienda,
para que la adjudicación de las viviendas otorgadas bajo
el régimen de propiedad horizontal, sean entregadas en un
mismo acto con los Reglamentos de Copropiedad y Administración
respectivos, el plano de subdivisión en propiedad horizontal
y las escrituras traslativas de dominio a cada beneficiario, evitando
demoras que en algunos casos llegan a varios años, provocando
graves trastornos y perjuicios a los Consorcios de Propietarios
imposibilitando el normal funcionamiento, mantenimiento y conservación
de los edificios.
6.- Extender a nivel internacional la presencia y representación
de la Fundación Reunión de Administradores.
7.- Instar a las legislaturas de todas las provincias a sancionar
durante el año 2000 leyes de creación de los Colegios
Públicos de Administradores de Propiedad Horizontal provinciales,
tomando como base el proyecto 6725/98 de la Legislatura de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, estableciendo como obligatoria
la capacitación previa para obtener la correspondiente matricula
mediante la aprobación de la Tecnicatura en Administración
de Propiedad Horizontal (Resolución 1935 MEYC); o el Curso
a distancia de Administración de Propiedad Horizontal editado
por Fundación Reunión de Administradores, o cualquier
otra carrera universitaria o curso que asimilando la curricula y
contenidos de los antes mencionados, reúnan un mínimo
de 500 horas cátedra y el reconocimiento del Ministerio de
Cultura y Educación de la Nación o del organismo provincial
correspondiente.
8.- Proponer al Estado Nacional la creación, en el ámbito
correspondiente, de un Registro Nacional de Administraciones de
Propiedad Horizontal que permita elaborar políticas de largo
alcance para el Mercado de Propiedad Horizontal, cuyo aporte al
producto bruto interno supera los $10.000.000.000,00 por año.
9.- Solicitar a los poderes ejecutivos nacionales, provinciales
y municipales convocar a licitación pública para tercerizar
la administración de los edificios públicos, designando
a tal efecto Administradores de Propiedad Horizontal habilitados
profesionalmente, para hacerse cargo, a través de previos
presupuestos, del normal funcionamiento, mantenimiento y conservación
de los edificios.
10.- Proponer al Poder Judicial que los cargos de Interventores
y/o Administradores Judiciales en inmuebles sometidos al régimen
de Propiedad Horizontal sean cubiertos por Administradores de Propiedad
Horizontal habilitados profesionalmente.
11.- Solicitar a la Fundación Reunión de Administradores
establecer una Codificación de Normas para la Certificación
de los Administradores de Propiedad Horizontal, y analizar la posibilidad
de crear un sistema de garantías, relacionado a la responsabilidad
civil que la actividad profesional del administrador genera.
12.- Reclamar a las empresas privadas de servicios individuales
a todas las unidades funcionales y a las empresas privadas de suministro
de servicios públicos el pago de honorarios al administrador
por la gestión de cobranza, cuando emitan facturas generales
que se deba recaudar y pagar por intermedio de las liquidaciones
de expensas comunes. (v.gr. televisión por cable, aguas argentinas,
impuestos territoriales, etc.)
13.- Respaldar plenamente el proyecto de nuevo Código Civil
Argentino, destacando el excelente contenido del Capitulo sobre
Derechos Reales de la Propiedad Horizontal, instando a los Legisladores
Nacionales a su pronta sanción.
14.- Celebrar en la ciudad de Mar del Plata, entre el 25 y 27 de
mayo del año 2000 la Primera Reunión Federal de Administradores,
con el objetivo de considerar y aprobar los honorarios y aranceles
regionales, conforme a las propuestas elaboradas y presentadas por
los representantes de la Fundación Reunión de Administradores
y de otras entidades del sector.
15.- Solicitar a los colegas de todo el país que utilicen
las Normas Argentinas IRAM 65.001; 65.002: 65.003: 65.004: 65.005
y 65.006 para la Administración de Propiedad Horizontal.
16.- Señalar a los Legisladores Nacionales el reclamo de
amplios sectores de la comunidad consorcial sobre la conveniencia
de analizar y discutir el Presupuesto Nacional para el ejercicio
siguiente, conjuntamente con el tratamiento y aprobación
de la Memoria y Balance General sobre el Presupuesto aprobado el
año anterior, dándose difusión a la comparación
entre lo presupuesto y lo efectivamente aplicado.
17.- Requerir de las autoridades, se establezcan en los programas
de estudio desde el nivel primario, los contenidos que permitan
educar a la población urbana en general, sobre las normas
a respetar para mejorar el nivel de convivencia en los Consorcios
de Propietarios.
Participaron en el Plenario de Convencionales, Administradores de
Propiedad Horizontal, provenientes de: Capital Federal, Gran Buenos
Aires, La Plata, San Bernardo, Mar del Plata, Bahía Blanca,
Tierra del Fuego, Bariloche, Córdoba, Río Cuarto,
Resistencia, Posadas, Catamarca, Tucumán, Salta y Mendoza.
Asistieron en calidad de observadores autoridades del Colegio de
Administradores de Propiedad Horizontal de la R.O. del Uruguay.
Bs. As., 19 de noviembre de 1999 Fdo. COMITÉ EJECUTIVO -
Jorge A.Hernández/ Jorge H.Rousseau/ Daniel C.Abella/ María
A.Russo/ Armando J.Zorzano/ Haydée Guimarey/ Inés
Novoa/ María E.Cuevas/ Esther Di Carlo/ Hugo Xillovich/ Sara
Alonso.
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